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SCJN: perspectiva de género en desaparición forzada de defensoras

SCJN: perspectiva de género en desaparición forzada de defensoras SCJN: perspectiva de género en desaparición forzada de defensoras

SCJN establece criterios para casos de desaparición forzada de defensoras de derechos humanos

La Suprema Corte ordena aplicar perspectiva de género e interseccional en estos delitos

Contexto y antecedentes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó una sentencia que había otorgado un amparo en un caso de desaparición forzada de una mujer defensora de derechos humanos en Oaxaca. En su resolución, el Máximo Tribunal ordenó al tribunal colegiado emitir una nueva resolución que cumpla con los estándares constitucionales y convencionales aplicables a este tipo de delitos.

Obligación reforzada de juzgadores en desapariciones forzadas

La SCJN destacó que las personas encargadas de impartir justicia tienen una responsabilidad reforzada al analizar casos de desaparición forzada, especialmente cuando las víctimas son mujeres defensoras de derechos humanos. En estos contextos, los tribunales deben aplicar un enfoque diferencial que incorpore la perspectiva de género e interseccionalidad, reconociendo la violencia estructural hacia las mujeres y los riesgos específicos que enfrentan las defensoras por su labor.

Omisiones y errores en la resolución previa

El Pleno de la Corte señaló que el tribunal colegiado no valoró adecuadamente la gravedad, complejidad y naturaleza del delito de desaparición forzada, ni el carácter de defensora de derechos humanos de la víctima. Además, se limitó a cuestionar la credibilidad de un testigo colaborador sin considerar el contexto general del caso ni la validez de la prueba circunstancial, que resulta fundamental dada la clandestinidad del delito y las dificultades para obtener pruebas directas.

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Importancia del análisis contextual y judicial integral

La desaparición forzada constituye una violación grave a los derechos humanos, caracterizada por la ocultación de información, abuso de poder y la persistencia de sus efectos en el tiempo. Por ello, la SCJN subrayó la necesidad de un análisis integral que contemple el contexto, el perfil de la víctima, su actividad como defensora, el entorno en que ocurrieron los hechos y los posibles móviles vinculados a su trabajo.

Este enfoque no altera la acusación ni vulnera el debido proceso o la presunción de inocencia, sino que fortalece el análisis judicial para atender las particularidades del delito y garantizar los derechos a la verdad, justicia y reparación integral.

Repercusiones de la decisión

Con esta sentencia, la Suprema Corte devuelve el caso al tribunal colegiado para que emita una nueva resolución conforme a los criterios establecidos, consolidando así estándares que reconocen la situación de riesgo particular de las mujeres defensoras y la importancia de su labor en la protección de los derechos fundamentales.

Resumen

La SCJN refuerza la obligación judicial de aplicar un enfoque con perspectiva de género e interseccionalidad en casos de desaparición forzada de defensoras de derechos humanos. La Corte exige que se valore el contexto y la naturaleza del delito para garantizar un acceso efectivo a la justicia, evitando omisiones que pongan en riesgo los derechos fundamentales de las víctimas.


Para más información sobre derechos humanos y desaparición forzada, consulte los recursos del Programa de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Además, el portal oficial del Gobierno de México ofrece información actualizada sobre políticas y acciones en materia de derechos humanos.

Image Source: https://24-horas.mx/mexico/scjn-define-parametros-para-casos-de-desaparicion-forzada/

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