SCJN establece criterios para casos de desaparición forzada de mujeres defensoras de derechos humanos
La Suprema Corte ordena revisar sentencias con perspectiva de género e interseccionalidad en desapariciones forzadas
Contexto y resolución de la SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó recientemente una sentencia que había otorgado un amparo a una persona implicada en la desaparición forzada de una mujer defensora de derechos humanos en Oaxaca. El Alto Tribunal instruyó al tribunal colegiado correspondiente a emitir una nueva resolución ajustada a criterios constitucionales y estándares internacionales en materia de derechos humanos.
Este fallo refuerza la obligación de los tribunales de aplicar un enfoque diferencial con perspectiva de género e interseccionalidad al analizar delitos de desaparición forzada, especialmente cuando las víctimas son mujeres defensoras de derechos humanos. Este enfoque considera la violencia estructural contra las mujeres y los riesgos agravados que enfrentan quienes ejercen labores de defensa de derechos fundamentales.
Obligaciones judiciales y análisis del caso
La SCJN advirtió que el tribunal colegiado omitió evaluar la gravedad, complejidad y naturaleza del delito, así como el carácter de defensora de derechos humanos de la víctima. También criticó que se cuestionara la credibilidad de un testigo colaborador sin tomar en cuenta el contexto ni la validez de la prueba circunstancial, que resulta esencial dada la clandestinidad que caracteriza este delito y las dificultades para obtener pruebas directas.
El Máximo Tribunal subrayó que la desaparición forzada es una violación grave de derechos humanos marcada por la ocultación de información, el abuso de poder y la persistencia de sus efectos a lo largo del tiempo, lo cual exige una intervención judicial integral y cuidadosa.
En ese sentido, el análisis del contexto —incluyendo el perfil de la víctima, su labor como defensora, el entorno en que ocurrieron los hechos y los posibles móviles vinculados a su actividad— es indispensable para garantizar los derechos a la verdad, justicia y reparación integral.
Implicaciones para el debido proceso
La SCJN aclaró que este enfoque no implica modificar la acusación ni vulnerar el debido proceso o la presunción de inocencia. Por el contrario, busca fortalecer el análisis judicial para atender las particularidades del delito y las circunstancias específicas de las víctimas.
Con esta decisión, la Suprema Corte devuelve el asunto al tribunal colegiado para que dicte una nueva resolución conforme a los estándares establecidos, consolidando criterios que reconocen la especial situación de riesgo que enfrentan las mujeres defensoras y la relevancia de su labor en la protección de derechos fundamentales.
Importancia del fallo y recomendaciones
Este pronunciamiento se alinea con los principios internacionales contenidos en tratados y convenciones sobre desaparición forzada y derechos humanos, como los promovidos por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Asimismo, se recomienda que las autoridades judiciales mexicanas integren esta perspectiva para garantizar una justicia más sensible y efectiva, tal como indican las guías de organismos internacionales y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Resumen:
La SCJN anuló un amparo relacionado con la desaparición forzada de una mujer defensora de derechos humanos en Oaxaca y ordenó que se revise el caso con perspectiva de género e interseccionalidad. La Corte destacó la necesidad de un análisis integral que considere el contexto y las particularidades del delito para asegurar el derecho a la verdad, justicia y reparación, sin afectar el debido proceso ni la presunción de inocencia.
Image Source: https://24-horas.mx/mexico/scjn-define-parametros-para-casos-de-desaparicion-forzada/
